Consultas en español

¿Podría calificar para VAWA, la visa U o el perdón provisional?

Muchas personas viven años sin saber que la ley les ofrece un camino. Esta página explica, en lenguaje sencillo, quién podría calificar para tres opciones que atendemos en Leiva Law Firm, y cómo protegerse de quienes cobran por trámites que no pueden hacer. Solo una revisión con una abogada puede confirmar si usted califica.

Oficinas en San Francisco, Walnut Creek y Sacramento, con cita previa.

Le atendemos en español Su caso desde casa, por el portal seguro Un paralegal principal y la abogada
Una familia de cuatro caminando al aire libre, tomados de la mano
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Le atendemos en español

Todo nuestro equipo habla español. Puede llamar, enviar el formulario y comunicarse con nosotros en español durante todo el proceso.

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Su caso desde casa

Casi todos nuestros clientes completan su caso desde casa, a través de nuestro portal seguro: cuestionarios, documentos y comunicación en un solo lugar.

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Un equipo que conoce su caso

Cada cliente trabaja con un paralegal principal, con la supervisión de la abogada desde la primera llamada hasta la decisión final.

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Tres oficinas, con cita previa

San Francisco, Walnut Creek y Sacramento. La mayor parte del trabajo se hace en línea, sin visitas innecesarias a la oficina.

Tres opciones que atendemos. Quién podría calificar

VAWA: para personas que han sufrido maltrato por parte de un familiar con estatus

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) permite que ciertas personas presenten su propia petición de inmigración, sin depender del familiar que las maltrata y sin que esa persona sea notificada. A pesar del nombre, protege a hombres y mujeres por igual.

Podría calificar si:

  • Su esposo o esposa, o su ex esposo o ex esposa bajo ciertas condiciones, es ciudadano o residente permanente y le ha maltratado.
  • Su padre o madre, ciudadano o residente permanente, le ha maltratado (para hijos e hijas, con límites de edad).
  • Su hijo o hija ciudadano, mayor de 21 años, le ha maltratado.

Qué cuenta como maltrato: golpes o cualquier forma de "crueldad extrema," que incluye el abuso emocional, psicológico, sexual o económico, las amenazas de deportación, el control y el aislamiento. No es necesario tener una denuncia policial, aunque cualquier evidencia ayuda.

Una petición aprobada puede abrir el camino al permiso de trabajo y, más adelante, a la residencia permanente. Cada caso depende de sus hechos.

Visa U: para víctimas de ciertos delitos que han cooperado con las autoridades

La visa U existe para personas que fueron víctimas de ciertos delitos, sufrieron un daño físico o psicológico considerable, y han ayudado, ayudan o están dispuestas a ayudar a la policía o a la fiscalía.

Podría calificar si:

  • Fue víctima de un delito como violencia doméstica, agresión sexual, agresión grave, extorsión, secuestro, trata de personas u otro de los delitos que la ley reconoce.
  • El delito ocurrió en Estados Unidos o violó leyes de Estados Unidos.
  • Denunció el delito o cooperó con la investigación, o está dispuesto a hacerlo.
  • Una autoridad (la policía, la fiscalía, un juez u otra agencia certificadora) está dispuesta a firmar una certificación de su cooperación.

La solicitud de certificación es parte de nuestros servicios. Nosotros preparamos la solicitud y contactamos a la agencia correspondiente en su nombre, para que usted no tenga que manejar esa parte del proceso por su cuenta.

Ciertos familiares pueden incluirse en la solicitud. En ciertos casos, mientras la solicitud está pendiente, se puede pedir un permiso de trabajo. El proceso toma tiempo; en la consulta le explicamos qué esperar en cada etapa.

Perdón provisional (I-601A): para familias que quieren evitar una separación larga

El perdón provisional (I-601A) permite solicitar el perdón por presencia ilegal mientras permanece en Estados Unidos. Si el perdón es aprobado, entonces sale del país para asistir a su entrevista consular. Esto permite esperar la decisión sobre el perdón dentro de Estados Unidos, en lugar de salir primero y esperar la aprobación desde el extranjero.

Podría calificar si:

  • Tiene una petición de visa de inmigrante aprobada y su caso consular está en proceso.
  • Está físicamente en Estados Unidos.
  • Su único motivo de inadmisibilidad es la presencia ilegal.
  • Puede demostrar que su esposo, esposa, padre o madre, ciudadano o residente permanente, sufriría dificultades extremas si usted no pudiera quedarse.

Preparar la evidencia de dificultades extremas es el corazón de este caso. Es un trabajo detallado que hacemos con usted, paso a paso.

Cómo protegerse del fraude

En Estados Unidos, un "notario" o "notary public" no es abogado y no puede darle asesoría legal ni representarle ante inmigración. Solo un abogado con licencia o un representante acreditado por el Departamento de Justicia puede hacerlo. Algunas reglas sencillas, sin importar con quién trabaje, incluida nuestra oficina:

  • Pida el nombre completo de la persona y su número de colegio de abogados, y verifíquelo. El nuestro está al pie de esta página.
  • Exija un contrato por escrito en un idioma que entienda, con los servicios y el costo claros.
  • Nunca firme formularios en blanco ni documentos que no entienda.
  • No acepte que se presente por usted una solicitud con información falsa, aunque le digan que "así se hace." Eso puede cerrarle opciones legítimas.
  • Guarde copia de todo lo que se presente y de cada recibo de USCIS.
  • Nadie puede garantizarle un resultado. Desconfíe de quien lo haga.

Si cree que fue víctima de un fraude, todavía puede tener opciones. Tráiganos lo que tenga y lo revisamos.

Casos que actualmente no manejamos

No representamos casos de asilo ni de defensa en la corte de inmigración. Si tiene una audiencia programada, necesita un abogado de defensa de deportación cuanto antes. Si su situación incluye tanto un caso en corte como uno de los temas de esta página, díganoslo en la consulta y le orientamos sobre el orden correcto.

El primer paso

Los casos nuevos comienzan con una evaluación gratuita del caso. Los casos ya presentados, o que incluyen una solicitud de evidencia (RFE), una intención de negar (NOID), una negación o antecedentes penales, comienzan con una revisión pagada por la abogada.

Le atendemos en español.  |  (415) 541-9290

O envíenos un mensaje

Confidencial. Le respondemos en español.

    Cases that have already been filed, or that involve an RFE, NOID, denial, or criminal history, require a paid attorney case review starting at $250. We will explain what is included when we follow up.

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